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TC se reserva fallo sobre despenalización del aborto

QueHayDetras
18 junio, 2026 18 junio, 2026
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El Tribunal Constitucional (TC) dejó en estado de fallo unas 21 acciones directas de inconstitucionalidad, incluida una interpuesta contra varios artículos de la Ley 74-25 que instituye el nuevo Código Penal, con el objetivo de lograr la despenalización del aborto.

El presidente de la alta corte, Napoleón Ricardo Estévez Lavandier, luego de escuchar las conclusiones de los accionantes, la Procuraduría General de la República, los abogados del Senado y de la Cámara de Diputados y a los intervinientes voluntarios, informó que dejaba en estado de fallo el caso sobre la despenalización.

Sostuvo que debido a la alta relevancia, complejidad y trascendencia nacional del debate sobre la penalización absoluta del aborto, concedía plazos especiales y sucesivos antes de emitir su dictamen definitivo.

El magistrado dictaminó la medida de manera excepcional, otorgando una primera prórroga de cinco días hábiles a la parte accionante y a los intervinientes que se adhieren a su postura, a los fines de responder formalmente a las intervenciones producidas en el proceso.

Dijo que una vez venza ese plazo, se activará automáticamente un segundo de cinco días adicionales para que la parte accionada y todos los intervinientes que se oponen a la demanda puedan refutar los escritos depositados.

Manifestó que al concluir esta etapa procesal, el Tribunal Constitucional emitirá y notificará su fallo conforme a los plazos de la normativa vigente.

Procuraduría y Congreso en defensa del Código Penal

Durante la audiencia, la Procuraduría General de la República (PGR) fijó una posición al dictaminar formalmente en contra de la acción directa de inconstitucionalidad promovida por la ciudadana Rosa Herminia Hernández, la asociación Alianza Cristiana Dominicana (ACD) y la organización Católicas por el Derecho a Decidir de la República Dominicana (CDDRD).

La PGR solicitó rechazar de manera absoluta el recurso que ataca los artículos 106, 107, 108, 110 y 111 de la Ley 74-25, argumentando que la demanda adolece de un “vicio argumentativo común” al intentar forzar una interpretación expansiva de tratados internacionales para dejar sin efecto el artículo 37 de la Constitución, el cual blinda el derecho a la vida desde la concepción.

Asimismo, el Ministerio Público catalogó el nuevo esquema penal como un sistema coherente y bioéticamente justificable, amparado en tres pilares: la protección absoluta de la vida, el respeto a la dignidad y las eximentes de responsabilidad penal estructuradas para situaciones de conflicto vital extremo.

Respecto a las intervenciones de grupos pro-vida depositadas fuera de plazo, el órgano persecutor mantuvo neutralidad procesal,.

Mientras el doctor Fabio García, en representación del Senado, defendió la soberanía legislativa y proclamó la constitucionalidad del articulado.

En paralelo, los abogados de la Cámara de Diputados, doctores Tipso Ramírez y Jerry Antonio del Jesús Castillo, ratificaron que el trámite de aprobación de la ley se rigió con estricto apego a la Carta Sustantiva, calificando la acción opositora de improcedente.

Exigen adopción de las “tres causales”

En la acera opuesta, el reconocido jurista Cristóbal Rodríguez y el Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC)—junto a su Centro de Estudios de Género y la firma Ética, Estudio Jurídico—articularon la defensa técnica de la acción, solicitando la nulidad de la penalización absoluta del aborto por vulnerar un catálogo masivo de derechos fundamentales (salud, integridad, dignidad e igualdad).

Rodríguez planteó expulsar del ordenamiento la frase “fuera de la eximente del artículo 111 del Código Penal” del artículo 110, y modificar el artículo 111 para incluir explícitamente las tres causales (peligro para la vida de la mujer, inviabilidad fetal y embarazos por violación o incesto).

Mientras que la representante de INTEC, Ramírez Guzmán, solicitó aplicar el principio pro actione para admitir sus escritos y propuso una fórmula aditiva para asegurar que la interrupción médica del embarazo bajo las tres causales requiera siempre el consentimiento libre e informado de la mujer, de acuerdo con los protocolos sanitarios.

Colectivos pro-vida rechazan exclusión y llaman al debate

El bloque de organizaciones religiosas y comunitarias de corte pro-vida, que unificó a entidades como Juventud con una Misión (JUCUM), RD Inclusiva, el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (Codue), el Foro de la Arquidiócesis de Santo Domingo y la organización Pronación, defendió con vehemencia su derecho a participar en el proceso.

El jurista Juárez Víctor Castillo Semán, al frente de la defensa de estos colectivos, solicitó al TC desestimar el medio de inadmisión con el que los grupos feministas pretendían dejarlos fuera del proceso, basándose en “formalismos temporales“.

Castillo Semán invocó los principios de informalidad y tutela judicial efectiva para exigir una interpretación flexible de las normas procesales debido al orden público constitucional que reviste el caso.

El abogado argumentó que la admisión de los sectores pro-vida no vulnera la “igualdad de armas” ni genera indefensión, sino que enriquece el pluralismo constitucional y robustece el contradictorio de cara a la deliberación del tribunal.

En ese sentido, solicitó al TC declarar rechazar la instancia que busca la despenalización del aborto.

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